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«Nuestro socio Francisco Peleteiro , secretario general de la AEEA, conduce en Madrid , la Asamblea General con más de 40 empresarios del sector de los servicios portuarios de España. También estuvieron presentes el Director General de Marina mercante y el Director de Servicio de Puertos del Estado, además de muchos otros cargos de la Administración del Estado.»

Francisco Peleteiro
Socio Director en Zamorano&Peleteiro Abogados

El día miércoles 28 de noviembre se reunió en asamblea la Asociación Española de Empresas de Amarre con el objetivo de revisar la situación actual de los pliegos en referencia al Reglamento 352/2017, cuya aplicación total no se producirá hasta el 25 de marzo de 2019.

En la reunión, la asociación denunció la “inseguridad jurídica” que produce para el prestador del servicio de amarre la ausencia de pliegos en algunos puertos desde hace más de 20 años.

En ese sentido, aseguró a Diario del Puerto Pancho Peleteiro, secretario general de la asociación de amarradores, el Organismo Público de Puertos del Estado está llevando a cabo el desarrollo de un pliego de cada servicio a nivel estatal. De esta forma, cada puerto daría forma a su pliego particular con unas condiciones equitativas para todos los puertos, aseguró Peleteiro.

Por ahora sólo se ha convocado un concurso para que una consultora redacte el borrador , “por lo que tendremos que esperar todavía unos cuatro meses para ver el borrador”, expresó Peleteiro.

El Reglamento 352/2017, aprobado y publicado por el Parlamento Europeo y del Consejo, creó un marco para la prestación de servicios portuarios y adoptaron normas comunes sobre la transparencia financiera de los puertos.

En este reglamento, explicó el secretario general, se habla además de servicios que tengan en este momento ya contrato en vigor, sea definido o indefinido.

Si es definido, explicó Peleteiro, “el reglamento nunca le va a ser aplicable hasta que finalice el plazo del contrato”.En España no se da ningún caso de este tipo, aseguró el secretario general, “debido a que la Ley de Puertos del Estado es mucho más abierta que en la mayor parte de los puertos europeos”.

Un ejemplo de contrato a plazo definido podría ser el Puerto de Amberes, señaló Peleteiro, que durante el plazo de ocho años que dura su contrato, teóricamente este reglamento no será aplicable.

En el caso del Puerto de Rotterdam, donde sólo hay una empresa que presta el servicio de amarre, si el contrato no tiene fecha de finalización, será el prestador único hasta marzo de 2025, añadió el secretario.“En definitiva este Reglamento sólo afectará dos servicios: el servicio de remolque y de amarre”, concluyó Peleteiro.

Formación

La formación fue otro de los temas abordados en la asamblea. Según explicó Peleteiro, actualmente cerca del 75% de los trabajadores de sus empresas asociadas están formados y correctamente certificados. Sin embargo, “todavía nos queda un 25% en el que tenemos que trabajar”.

La Asociación agrupa a todo el sector empresarial del amarre y a la actividad portuaria del amarrador en España. Tiene representación de los 30 puertos españoles principales y 28 empresas asociadas, representando en torno a 600 amarradores.